Derechos de explotación de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas

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Trámite

Presencial
Descripción:

Declaración y pago que se genera por los derechos de explotación de rifas locales ya sean ocasionales, periódicas, semanales o mensuales.

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URL trámite en GOV.CO
Localización
Dirección de dependencia:

Secretaría de Hacienda
CR 11 # 34 - 52, BL 2 OF 2
 

Hora de atención:

Lunes a viernes de 7:30 a 12:00 am y de 1:00 a 5:00 pm

Lugar de pago: Banco GNB Sudameris

Responsable: Secretaría de Hacienda

Tiempo de respuesta: 15 días hábiles

Pagos

Requiere Pago: Si

Costo:

Descripción Tipo moneda Tipo valor Cantidad Valor
Al momento de la autorización, la persona gestora de la rifa deberá acreditar el pago de los derechos de explotación equivalente al 14 % de los ingresos brutos, es decir el 100% del valor de las boletas emitidas Pesos ($) Avalúo y/o liquidación  
Documentos requeridos
  • Carta de solicitud: 1 Original(es), 1 Copia(s): Dirigida a la Secretaria de Hacienda, indicando el Nombre completo o Razón Social, domicilio del responsable, nombre de la rifa, nombre de la lotería con la cual se verificara el sorteo, la hora, fecha y lugar geográfico previsto para la realización del mismo, valor de la boleta al público, número total de boletas que se emitirán, número de boletas que dan derecho a participar en la rifa. Valor total de la emisión, plan de premios que se ofrecerán el cual contendrá la relación detallada de los bienes muebles, inmuebles y/o premios objeto de la rifa, especificando su naturaleza, cantidad y valor comercial incluido el IVA
  • Boleteria: 1 Original(es):  Boletería que se va a poner a disposición del público, para su sellamiento
  • Garantías del pago del impuesto: 1 Original(es):  Acreditación de garantías (Pólizas), expedida a favor de la entidad competente de la autorización. El valor será igual al valor total del plan de premios y su vigencia por un término no inferior a cuatro meses contados a partir de la fecha de realización del sorteo
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