Reliquidación pensional para docentes oficiales
Encuentra los trámites de la autoridad.
Buscar
Filtrar por:
- Tipo de gestión
-
- Todos
- Trámite 105
- Servicio 33
- Información de interés 3
- Estado automatización
- Costo
- Temáticas
- Públicos
- Dependencias
Trámite
PresencialObtener el reconocimiento y pago de la reliquidación pensional que tiene por una sola vez todo docente pensionado que continúa en servicio activo, y pide el retiro definitivo del servicio público. El valor de la mesada corresponde al 75% de los salarios devengados durante el último año de servicio. Se hace efectivo a partir del día siguiente del retiro definitivo del servicio. No tiene efecto retroactivo sobre las mesadas anteriores al retiro del docente.
Secretaría de Educación Municipal
CR 11 # 34 - 52
Hora de atención:
Lunes a viernes de 7:30 a 12:00 am y de 1:00 a 5:00 pm
Lugar de pago: Banco de Occidente, BBVA, Banco Popular
Responsable: Secretaría de Educación Municipal
Tiempo de respuesta: 3 Meses
Requiere Pago: No
Costo:
Descripción del pago: | |||||||||||||||
|
Formato de solicitud reliquidación pensional; Diligenciable, Transaccional Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s) o cédula de Extranjería 1 Fotocopia(s) si es Extranjero: Del educador, la cual debe estar ampliada y legible Resolución de retiro definitivo del servicio docente: 1 Original(es): Donde se indique la fecha de efectos fiscales Haber realizado los aportes de ley al fondo del magisterio Cumplir con el tiempo de servicio requerido Resolución con que lo pensionó el fondo del magisterio: 1 Copia(s) Comprobante de pago de la última mesada pensional: 1 Copia(s) Certificado de tiempo de servicio: 1 Original(es): Debe contener el tipo de vinculación, nombramientos, traslados, comisiones, permutas, licencias, suspensiones, reflejando el número y fecha de los actos administrativos de las novedades con fecha de ingreso y retiro. Certificado de salarios: 1 Original(es): Reflejando el tipo de vinculación del educador, cargo. Grado en el escalafón, si certifican horas extras que las certifiquen mes por mes, si hubo ascensos en el año de adquisición del status certificar a partir de que fecha surge efectos fiscales, indicar última fecha de ingreso a la docencia. Este certificado debe indicar los aportes de Ley de Fondo del Magisterio
Anotaciones
Documentos Legales:
- Circular 001 de 2008, (Todos)
- Ley 100 de 1993, (Artículo 150)
- Decreto 3752 de 2003, (Artículo 2)
- Ley 71 de 1988, (Artículo 9)
- Decreto 2831 de 2005, (Artículos 2 - 5)
- Documento técnico Guía práctica de prestaciones económicas - FOMAG de 2011, (Capítulo 5)