Pensión post-mortem para beneficiarios de docentes oficiales
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Trámite
PresencialObtener el reconocimiento y pago de la prestación a la que pueden acceder los beneficiarios del docente afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, que fallece habiendo cumplido dieciocho (18) o veinte (20) años de servicio continuo o discontinuo sin importar la edad. Los beneficiarios de los docentes que cumplieron 18 años de servicio, tendrán derecho a gozar de esta pensión durante cinco (5) años y para los beneficiarios de docentes que cumplieron 20 años de servicio, el derecho a la pensión será vitalicio.
Secretaría de Educación Municipal
CR 11 # 34 - 52
Hora de atención:
Lunes a viernes de 7:30 a 12:00 am y de 1:00 a 5:00 pm
Responsable: Secretaría de Educación Municipal
Tiempo de respuesta: 30 Día(s) - hábil(es)
- Formato de solicitud sustitución pensional y pensiones post-mortem: Diligenciable
- Reclamar de forma presencial: En los puntos de atención indicados por la institución
- Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s) o Cédula de Extranjería si es Extranjero 1 Fotocopia(s): Del educador, la cual debe estar ampliada y legible
- Registro civil de nacimiento o partida de bautismo para los nacidos antes del 11 de junio de 1938: 1 Copia(s) : Si el educador era soltero el certificado debe reflejar el nombre de los padres para demostrar parentesco
- Registro civil de defunción del educador: 1 Copia(s)
- Cumplir con el tiempo de servicio requerido
- Haber realizado los aportes de ley al fondo del magisterio
- Publicación de edictos: 1 Original(es): Uno (1) por 30 días publicado o dos (2) con intervalos de 15 días cada uno
- Registro civil de matrimonio: 1 Copia(s): Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses a fecha de radicación de la solicitud
- Documento de identidad de cada uno de los beneficiarios: 1 Copia(s): El cual debe estar ampliado y legible
- Registro civil de nacimiento de cada uno de los beneficiarios: 1 Copia(s): Para extranjeros documento equivalente en su país
- Resolución que lo pensionó: 1 Fotocopia(s): Si el educador fallecido devengaba pensión
- Certificado laboral por cada entidad donde indique tiempos de servicio y entidad a donde se hicieron los aportes: 1 Fotocopia(s): Cuando haya tiempos de servicio diferentes a los tiempos docentes
- En caso de ser mas de un beneficiario: Diligenciable
- Reclamar de forma presencial: En los puntos de atención indicados por la institución
Para pensión post-mortem 18 años
- Manifestación de terceros en donde conste que el cónyuge sobreviviente convivió con el docente hasta la fecha de su fallecimiento:1 Original(es)
Para pensión post-mortem 20 años
- Manisfestación de terceros en donde conste que el cónyuge sobreviviente, compañera o compañero permanente convivió con el docente hasta la fecha de su fallecimiento:1 Original(es): En caso de la compañera (o) permanente debe demostrar la convivencia permanente con el docente, dos años antes de su fallecimiento
- Certificado de escolaridad:1 Original(es): Expedido por el establecimiento donde se cursan los estudios, el cual debe estar reconocido por el Ministerio de Educación Nacional, el certificado debe indicar nombre de la carrera, pensum académico, jornada de estudio, intensidad horaria, semestre que cursa o año lectivo, debe ser educación formal y presencial
- Certificado de invalidez de hijos mayores o hermanos:1 Original(es): Expedido por la entidad médico asistencial donde se encuentra afiliado el educador indicando: la causa invalidante, el porcentaje de la pérdida de la capacidad y la fecha de la calificación de la invalidez, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses a la fecha de radicación
- Manifestación expresa de dependencia económica de hijos mayores estudiantes y/o inválidos:1 Original(es)
- Manifestación expresa de dependencia económica de padres y/o hermanos inválidos:1 Original(es)
- Fallo o sentencia judicial que otorga curaduria o tutoría:1 Original(es): Si el beneficiario esta a cargo de persona diferente al cónyuge sobreviviente
- Certificado de entidades administradoras de pensión indicando si se encuentran o no pensionados :1 Original(es) : En caso de padres beneficiarios y/o hermanos inválidos,si se encuentran pensionados anexar resolución que los pensionó
- Manifestación expresa de los beneficiarios sobre si devenga o no pensión:1 Original(es)
Anotaciones
Documentos Legales:
- Circular 001 de 2008, (Todos)
- Documento técnico Guía práctica de prestaciones económicas - FOMAG de 2011, (Capítulo 5 )
- Decreto 224 de 1972, (Artículo 7)
- Decreto 2831 de 2005, (Artículos 2 - 5)
- Ley 12 de 1975, (Todos)