Cancelación de la personería jurídica de las organizaciones comunales de primero y segundo grado

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Trámite

Presencial
Descripción:

Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización.

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URL trámite en GOV.CO
Localización
Dirección de dependencia:

Ventanilla Única de Correspondencia Calle 35 N° 10-43

Hora de atención:

Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.

Responsable: Secretaría de Desarrollo Social

Tiempo de respuesta: 15 Días hábiles

Documentos requeridos
  • Solicitud de cancelación de personería jurídica: 1 Copia(s), 1 Original(es): Dirigida a la secretaría de gobierno o su equivalente en el que se solicite la cancelación de la personería por disolución de la organización
  • Acta de asamblea : 1 Original(es):  Donde se acuerde la disolución de la entidad por motivos tales como: inactividad total de la organización, la imposibilidad de cumplir el objeto social o por necesidad de fusionarse con otra organización comunal vecina
  •  

En caso que exista un presunto incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley y sus reglamentos por parte de un organismo de acción comunal

  • Decisión de la entidad que ejerce inspección, control y vigilancia:1 Copia(s)
  • Anotaciones Adicionales: En la que se evidencie la existencia del presunto incumplimiento
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