Ayuda Humanitaria Inmediata
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Servicio
PresencialGarantizar la ayuda humanitaria inmediata a la población víctima del conflicto interno armado en Colombia de acuerdo a lo establecido en la Ley 1448 de 2011.
Alcaldía Municipal Bucaramanga
Calle 35 N° 10-43 Fase I
Hora de atención:
Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 11:45 a.m. y de 1:00 p.m. a 4:45 p.m.
Responsable: Secretaría del Interior
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles
- Declaración : 1 Original(es): de los hechos victimizantes ante el Ministerio Público (Defensoria del pueblo, Personería Municipal, Procuraduría) por parte de la población víctima del conflicto armado.
- Solo se dará ayuda humanitaria a las personas que cumplan con los requisitos de Ley, con hechos victimizantes inferiores a 90 días calendario.
Anotaciones
Documentos Legales:
- Decreto 4800 de 2011, (Art 108)
- Ley 1448 de 2011, (Art. 47-63-108)