Apertura de los centros de estética y similares
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Trámite
PresencialObtener autorización para el funcionamiento de establecimientos de centros de estética, institutos de belleza, centros de bronceado y demás establecimientos donde se realicen procedimientos cosméticos, faciales o corporales.
Alcaldía Municipal Bucaramanga
CL 35 # 10 - 43, ED 1
Hora de atención:
Lunes a viernes de 7:30 a 12:00 am y de 1:00 a 5:00 pm
Responsable: Secretaría de Salud
Tiempo de respuesta: 7 días hábiles
- Estar registrado en la cámara de comercio como persona jurídica
- Certificado de uso de suelo : 1 Copia(s)
- Relación del personal que prestará los servicios en el establecimiento: 1 Original(es): Indicando la función o actividad laboral realizada por cada uno
- Certificado de estudio que acredita al personal en cosmetología: 1 Fotocopia(s) (De cada persona)
- Relación de los servicios a prestar: 1 Original(es)
- Relación de los equipos con que cuenta el establecimiento para prestar los servicios declarados: 1 Original(es): Indicando el número del concepto técnico favorable otorgado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima
- Cumplir con los requisitos de funcionamiento establecidos en el artículo 5 de la Resolución 2263 de 2004
- Cumplir con las especificaciones técnicas del lugar
Anotaciones
Documentos Legales:
- Resolución 02263 de 2004, (Artículos 1,5,7,8)
- Resolución 2117 de 2010, (Artículos 1, 3-4,7)
- Resolución 3924 de 2005, (Todos)