Activación de ruta de protección
Encuentra los trámites de la autoridad.
Buscar
Filtrar por:
- Tipo de gestión
-
- Todos
- Trámite 105
- Servicio 33
- Información de interés 3
- Estado automatización
- Costo
- Temáticas
- Públicos
- Dependencias
Trámite
PresencialActivar la ruta de protección especifica para proteger oportuna y efectivamente los derechos a la vida, libertad, integridad de personas victimas del conflicto armado, en aplicación de los principios de subsidiariedad, complementariedad e inmediatez de acuerdo a lo establecido en el Decreto 4912 de 2011 y Decreto 1066 de 2015.
Alcaldía Municipal Bucaramanga
Calle 35 N° 10-43 Fase I
Hora de atención:
Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 11:45 a.m. y de 1:00 p.m. a 4:45 p.m.
Responsable: Secretaría del Interior
Tiempo de respuesta: 1 día
- Declaración : 1 Original(es): de los hechos victimizantes ante el ministerio público (Defensoría del pueblo, Personería municipal, Procuraduría) y denuncia ante la Fiscalía General de la Nación por parte de la persona victima del conflicto armado.
- Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s): de la persona relacionada en la declaración
- Estar incluido en el registro único de víctimas VIVANTO
Anotaciones
Documentos Legales
- Ley 1448 de 2011, (Todos)
- Decreto 4800 de 2011, (Artículos 193-197, 212, 213)
- Decreto 1066 de 2015, (Todos)
- Decreto 4912 de 2011, (Articulo 13, 21, 32, 42)